Las “Mutuas Patronales de Accidentes y Enfermedades Laborales de la Seguridad Social” han cambiado de nombre, con la nueva Ley de Mutuas 35/2014 de 26 de diciembre pasan a llamarse “Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social”. ¿Por qué este cambio de nombre?, pues porque además de las competencias relativas a los accidentes y enfermedades profesionales ahora tendrán algunas competencias en las enfermedades comunes. También se produce un cambio en la definición, hasta ahora eran “asociaciones constituidas por empresarios” y con la nueva ley pasan a ser “asociaciones privadas de empresarios”. Una manera de remarcar más todavía más el carácter privado de las mutuas.
Las mutuas se financian básicamente con las cotizaciones por accidentes de trabajo y con una fracción de las cotizaciones por contingencias comunes. Todas las empresas, así como los autónomos y autónomas han de contratar los servicios de una mutua al constituirse y deben de ingresar a la Tesorería de la Seguridad Social un porcentaje del salario de cada persona trabajadora, ese porcentaje dependerá del tipo de actividad. Por ejemplo para el personal que trabaje en oficinas el porcentaje es del 1% y para el de minas del 7,15%.
Las mutuas se financian básicamente con las cotizaciones por accidentes de trabajo y con una fracción de las cotizaciones por contingencias comunes. Todas las empresas, así como los autónomos y autónomas han de contratar los servicios de una mutua al constituirse y deben de ingresar a la Tesorería de la Seguridad Social un porcentaje del salario de cada persona trabajadora, ese porcentaje dependerá del tipo de actividad. Por ejemplo para el personal que trabaje en oficinas el porcentaje es del 1% y para el de minas del 7,15%. Posteriormente la Tesorería de la SS ingresará todo ese dinero a la mutua. Aunque las aportaciones sean empresariales no debemos olvidar que son rentas del trabajo, de nuestro trabajo y por tanto nuestro dinero. Bien, a cambio de ese dinero, cuando tenemos un accidente laboral o enfermedad profesional la mutua se hace cargo de los gastos, por tanto cuanto menos tiempo estemos de baja, menos pruebas nos realicen, menos muertes por enfermedades profesionales existan, más beneficio le queda a la mutua.
Teniendo en cuenta lo anterior los intereses económicos de las mutuas entran en clara confrontación con nuestra salud. Tanto es así que cuando tenemos un accidente laboral las mutuas intentan que nos demos de alta lo antes posible y a toda costa, si aun así a los pocos días volvemos a recaer desvinculan la dolencia del accidente laboral y te desvían a la Seguridad Social para que sea el erario público el que corran con los gastos. España se encuentra en una situación única dentro de los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), según los datos de las mutuas desde el año 2000 al 2004, en nuestro país no se produjo ninguna muerte por enfermedad profesional, en el año 2005 ya hubo 3 muertes. En cambio, según el Grupo de Investigación de Salud Laboral de la Universidad Pompeu y Fabra, en España mueren 14.000 hombres y más de 2.000 mujeres por enfermedades contraídas en el lugar de trabajo, cada año hay 9.400 personas muertas por cáncer, 3.600 por enfermedades cardiovasculares y 1.700 por enfermedades respiratorias contraídas en el lugar de trabajo y ninguna de estas muertes aparece en los registros de las mutuas. Esto implica que las mutuas no pagan las compensaciones correspondientes a los familiares de las trabajadoras y trabajadores fallecidos por enfermedad profesional.
Pues bien, además de los accidentes laborales y las enfermedades profesionales, ahora con la nueva legislación las mutuas también tendrán competencias en las enfermedades comunes (las no relacionadas con el trabajo). La ley 35/2014 permite a las mutuas proponer a la Inspección Médica de los Servicios Públicos de Salud el alta de una trabajadora o trabajador que esté de baja por enfermedad común. Para realizar esas propuestas de alta las mutuas podrán disponer de nuestro historial clínico y si así lo consideran, podrán someternos a reconocimientos y exámenes médicos. Una vez hecha la propuesta de alta, la Inspección Médica de los SPS deberá responder a la mutua en un plazo de 5 días. Si estima la petición emitirá el alta y si la deniega deberá realizar un informe médico que justifique la continuidad de la baja. La Inspección Médica también podrá citar a la persona que esté de baja para hacerle una revisión médica, pero dentro de esos mismos 5 días.
Cuando se legisla de esta manera se da a entender que las trabajadoras y trabajadores nos dedicamos a estafar a la Seguridad Social, con ansias desmesuradas por convertir el absentismo laboral en tendencia. Por otra parte se transmite una desconfianza total hacia las y los profesionales del Sistema Público de Salud, ya que desde el primer día de la baja el personal médico de las mutuas puede realizar el seguimiento de dicha baja, o lo que es lo mismo, cuestionar su diagnóstico. Unos profesionales que acceden a su puesto de trabajo sin ningún tipo de prueba u oposición objetiva, los de las mutuas, cuestionando de manera sistemática el trabajo de profesionales sanitarios que han conseguido su plaza mediante una oposición.
Pero salgamos de lo abstracto, pongámosle nombres, las mutuas, al igual que los mercados no funcionan solas, sino que hay un grupo de personas que las dirigen. Tomemos como ejemplo la Muta Asepeyo, cuyo órgano de gobierno está compuesto, entre otras personas por: José Mª Juncadella Salisachs (de Arena Media Communications España, SA), José Luís Martínez Olivares (El Corte Inglés, SA), Luis Planas Martínez (Hoteles Valle de Arán, SA), José Abargues Morán (Ford España, SL), Antonio Alastuey González (Renault España, SA), F. Xavier Amorós Corbella (Sociedad General Aguas de Barcelona, SA), Joaquín Folch-Rusiñol Faixat (Industrias Titán, SA), Cécile Virginie Hesse (Danone, SA), María Soledad Luca de Tena y García-Conde (Diario ABC, SL)
Resulta extraño que directivos pertenecientes a empresas como Danone, Ford, Renault, Aguas de Barcelona, El Corte Inglés, ABC, entre otras, sean las que dirijan una entidad que se dedique a la sanidad, pero más extraño resulta que desde el poder político se les transfieran competencias que son de la Sanidad Pública. No consideramos de recibo que estas personas sean las que miren con lupa nuestras bajas e historiales médicos, estableciendo estrategias de persecución y presión tratándonos de delincuentes.
Alguien debería dar una explicación de este atropello y desde la CGT de Murcia aprovechamos estas líneas para exigirla. Si no hay recursos para que la sanidad sea universal, si las Urgencias de los hospitales están desbordadas, si las personas afectadas por la Hepatitis C no reciben el tratamiento necesario, ¿cómo es posible que se inviertan tantos recursos médicos para el seguimiento de las bajas médicas?. El médico de cabecera, el de la mutua y el de la inspección médica; repetición de las mismas pruebas y/o análisis en un espacio muy reducido de tiempo, expedientes y solicitudes que van y vienen de un departamento a otro y que deben de ser tramitadas y respondidas. ¿Cuánto dinero cuesta esto?, ¿Por qué tanta inversión en perseguirnos?.
Para la CGT esta Ley da un paso más en esa “carrera a ninguna parte” que los gobiernos liberales han emprendido de privatización de todo lo público, violando los principios de equidad, universalidad y eficiencia para todas y todos.
Fuente: CGT Murcia