En el juicio ante la Audiencia Nacional del 9 de junio de 2015, por la retención del 11,66% sobre el Sistema de Retribución Variable, que el Grupo Konecta había aplicado unilateralmente a las distintas empresas del Grupo como Konecta BTO, Konectanet Comercialización, Konecta BPO, Konecta SAT y Universal Support, saltándose el Estatuto de los Trabajadores, desde el mes de enero del 2015, la empresa ha retirado la medida antes de entrar a juicio consciente de que iba a ser anulada judicialmente, y en Acuerdo en Sede Judicial (para todas la empresas salvo Universal Support) se compromete “a abonar a los trabajadores afectados por la medida (incluidos aquellos que hayan causado baja en la empresa) la retribución variable o incentivo […] y a reintegrarles en la nómina de junio de 2015, las cantidades que por dicho concepto han dejado de percibir al haber sido retenidas mensualmente en un 11,66% […] con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2015”. Este juicio se iba a celebrar por las demandas interpuestas por CGT, UGT y CCOO. El resto de sindicatos no habían interpuesto demanda alguna.

Una victoria de las trabajadoras y los trabajadores.

Una victoria de las trabajadoras y los trabajadores.

Hasta conseguir la retirada de esta medida ha sido necesario pedir muchas explicaciones en las diferentes empresas y provincias, mantener tres reuniones estatales de conciliación, una cita en la inspección de trabajo estatal y una última reunión el viernes pasado -a petición de la empresa- para, entre vagas justificaciones, ambiguos compromisos y amenazas varias, en lugar de anunciarnos la retirada de la medida, presionarnos en última instancia para que retiráramos la demanda judicial y que asumiéramos como algo normalizado para toda la plantilla de Konecta la retención permanente mensual del 11,66% de los incentivos para ser devuelta al año siguiente.

¡¡¡Lo que implantó y pretendía perpetuar Konecta es sencillamente una barbaridad que no sucede en ninguna empresa del sector!!!. El retener parte del salario para devolverse al año siguiente sin interés alguno no solo supone una insólita financiación impuesta del trabajador/a hacia la empresa sino que restaba poder adquisitivo a las trabajadoras y los trabajadores que logran incentivos por alcanzar los objetivos marcados por Konecta, y además conllevaba cobrar menos de lo que correspondería en situaciones como las del Permiso de Maternidad/Paternidad o en las situaciones de Baja Médica conforme al art. 63.3.c del Convenio.

La CGT hemos sido claros en todos nuestros comunicados y nos hemos mantenido firmes en lo que para nosotros es una medida injustificada e injusta que perjudica a los/as trabajador@s de Konecta. No entendemos como CCOO-UGT estaban dispuestos a asumirla, y de hecho junto con el sindicato gallego CIG así lo han hecho en Universal Support, empresa del grupo, donde CGT no tenemos representación y han autorizado mediante acuerdo en el SIMA esta retención del 11,66% de los incentivos obtenidos. En todo caso, aunque nos llama la atención la contradicción, celebramos su continuidad en el proceso judicial para el resto de empresas que ha concluido con la retirada por parte de la empresa de una medida que no debería haberse iniciado. Valoramos también la renuncia de Konecta a seguir aplicando esta perjudicial e inasumible medida para la plantilla de las distintas empresas del grupo Konecta y sólo esperamos que no sea una mera estratagema.

Como ya transmitimos a la empresa el lunes 8 de junio, la CGT ofrecemos nuestra voluntad a todos los niveles para colaborar, dentro de unas relaciones laborales que no excedan el marco legal, a implementar sistemas de incentivos justos y lo más extensivos para toda la plantilla de Konecta, pero nos tendrán enfrente defendiendo los derechos de los/as trabajadores/as en caso contrario.


Fuente: CGT - Konecta

Konecta devolverá el 11,66% de los incentivos descontados y retenidos desde enero a mayo y dejará de aplicar las retenciones iniciadas