En un primer momento en un AUTO en el mes de abril estimaba las MEDIDAS CAUTELARES. Ahora en Sentencia el Juzgado falla que queda declarado vulnerado por la empresa EMERSAN el derecho a la integridad física del personal de movimiento de la provincia de Salamanca que ha estado en contacto con pacientes que padecen COVID-19 por la no realización de la obligación de lavado y desinfección de la ropa de trabajo.
Tal y como dicta la sentencia en su fallo, condena a la empresa EMERSAN a que cese en tal vulneración y se responsabilice del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo y los equipos de protección personal de su personal de movimiento de Salamanca que realicen el traslado de pacientes con COVID-19, sin que en ningún caso sean los trabajadores los que deban llevarse la ropa a su domicilio a tal fin, debiendo fijar un sistema de recogida y devolución en el centro de trabajo (bases en las que se presta el servicio), de la ropa de trabajo de la plantilla.
Aunque la sentencia reconoce parcialmente las pretensiones de CGT, este sindicato seguirá reclamando todas aquellas cuestiones que considera injustas para el desarrollo adecuado del servicio. En cualquier caso si la empresa decide recurrir dicha sentencia, haciendo gala de lo poco que le interesan sus trabajadores, CGT está dispuesta a llegar a las instancias necesarias y que considere oportunas para que se salvaguarde la salud y seguridad de los trabajadores de EMERSAN.
En un momento donde los contagios en Castilla y León son muy superiores a la media nacional, desde el sindicato CGT piden al gobierno regional del PP que tome nota de las prácticas de las empresas a las que adjudican servicios esenciales como es el transporte sanitario.
CGT Exige al gobierno del PP y Ciudadanos, del Sr. Mañueco y del Sr Igea, de la vigilancia de estas concesionarias para que no sigan siendo fuentes de contagios del virus del covid-19.
Fuente: CGT - Oficios Varios Salamanca