A la hora de la reforma de la representatividad, nos pareció oportuno volver a este tema tan cacareado. ¿Qué es la representatividad ? ¿Qué induce ? ¿Va a cambiar la posibilidad de discutir, contestar, vivir en el seno de la empresa ? Hoy en día, el Gobierno quiere definir de nuevo qué sindicato puede existir en la empresa y qué otros no pueden.

Si, para CNT, les corresponde a los trabajadores elegir cómo quieren organizarse, la represión nos obliga también a tomar en cuenta el marco jurídico, para que un trabajador sindicalista no sea sinónimo de un trabajador despedido.

Si esta reforma es importante para todos los trabajadores, y por tanto para la CNT, es asimismo determinante la lectura del nuevo equilibrio social que desea instaurar el gobierno. ¿Acaso es la evolución de la empresa precursora de las evoluciones de la República ?

Por supuesto. Dicho de otro modo, una República « que respeta los criterios republicanos ». ¿Y qué será de quienes no piensen que esa República, fundada en una democracia indirecta, no es, justamente, otra cosa que una dictadura camuflada ? ¿Qué pasa con todas las formas de pensamientos revolucionarios ? Una ley sobre la representatividad que acalla todas las formas de reflexión sobre el fondo de los problemas, eso es lo que nos impone el gobierno.

Antes de la reforma

El marco es la representatividad y por lo tanto, para nosotros, eso significa la posibilidad de crear una sección sindical en la empresa, conquista de mayo del 68. El delegado sindical tiene el poder de negociación, pero está designado y es revocable por el sindicato, y eso conviene bastante a una organización anarcosindicalista como la CNT. Usar el marco legal, lograr la representatividad, no significa necesariamente caer en compromisos que terminan por vaciar el sindicalismo de su combatividad. Por eso en los 15 días que seguían la designación de un delegado sindical CNT, muchas veces fuimos denunciados por el patrón, e incluso por otros sindicatos, que contestaban nuestra representatividad.

Hasta hoy en día, únicamente CFDT, CFTC, CGT, CGC y FO eran considerados representativos y no podían ser contestados, hasta en el caso de tener un único adherente.

Para los demás como para CNT era necesario, si la designación del delegado sindical estaba contestada (por el patrón o por un sindicato « representativo » !), probar su representatividad con el cumplimiento de determinados criterios desde el fin de la II Guerra Mundial : los efectivos, la independencia, las cotizaciones, la experiencia y la antigüedad del sindicato, la actitud patriótica durante la Ocupación [nazi], y la audiencia vinculada a los resultados en las elecciones laborales, que va a ser determinante en la reforma.

Un marco considerablemente modificado con la reforma

El gobierno Chirac-Villepin, y luego los sucesores sarkozystas, se pusieron a sacudir el sistema lanzando negociaciones en que cada sindicato se metió recalcando el criterio que más le convenía : las elecciones “prud’homales” [laborales, con jueces patronales y sindicales] y la función pública para SUD, la Seguridad Social para FO, las cotizaciones y la actividad para la CFTC…

Pero todos fueron dejados atrás por CFDT y CGT que redactaron con el MEDEF [la patronal] y la CGPME [Confederación General de las Pymes] la « posición común » que sirve de base a esta nueva ley. Ésta define los nuevos criterios de la representatividad : el respeto de los valores republicanos ; la independencia ; la transparencia financiera ; dos años de antigüedad en el campo profesional y geográfico que cubre la empresa ; la audiencia ; la influencia, caracterizada con prioridad por la actividad y la experiencia ; la afiliación y las cotizaciones.

El criterio de respeto de los valores republicanos es ambiguo : no se sabe si se trata de un respeto filosófico, de idea de libertad, de tolerancia, lo que era el caso en los proyectos de ley, o de un respeto del orden social actual, lo que entrañaría la eliminación de la CNT del paisaje sindical francés. La ley no lo precisa al final, y los jueces deberán examinarlo.

El criterio de la transparencia financiera va a obligar los sindicatos CNT a ser más sistemáticos con su tesorería y a anotar bien las cuentas AG cada año ; En cuanto a « audiencia », o sea los resultados electorales, es el criterio clave en la reforma : para ser representativo en la empresa, la sección sindical debe cumplir con los otros criterios y conseguir el 10 % en la primera vuelta de las elecciones de los miembros titulares del comité de empresa, o por falta de delegados del personal. En el ámbito sectorial, hay que realizar una media del 8 % de los resultados compilados en el ramo y tener una « implantación territorial equilibrada ». A nivel interprofesional, es necesario sacar el 8 % de los resultados de todas las empresas, y ser representativos en sectores de la industria, de la construcción, del comercio y los servicios.

En la empresa, el delegado sindical debe ser nombrado entre los candidatos en la primera vuelta que recogieron al menos el 10 % de los votos. La autonomía de la sección sindical sale muy mal parada puesto que ya no puede elegir libremente a su delegado sindical. Las reglas de la negociación se modifican también : un acuerdo entre organización sindical y patronal, para ser válido, tiene que ser firmados por esos sindicatos que totalicen el 30 % de la votación, y no ser el objeto de una oposición de sindicatos que lleguen a más del 50 % de la votación.

Dejando de lado el lugar central dado a las elecciones, una innovación importante de la reforma es el nuevo mandato de representante de la sección sindical. Con ese nuevo mandato, la sección puede constituirse de inmediato (con al menos dos adherentes, la independencia, los dos años de antigüedad y el respeto de los valores republicanos), lo que otorga la posibilidad de desarrollarse para poder distribuir octavillas, pegar carteles, etc., con un delegado sindical protegido, si bien no puede negociar. En la elección siguiente, ya sea la sección obtiene la representatividad, ya sea el representante sindical pierde su mandato y no puede ser nombrado de nuevo hasta los seis meses precedentes las siguientes elecciones (que van a ser en adelante cada cuatro años).

Esta reforma se va a votar y será publicada con probabilidad en agosto. En los sindicatos de sectores y a nivel interprofesional, las cuentas se harán de aquí a cinco años, y mientras tanto permanece el « club de los cinco » representativos. En las empresas, los delegados actuales, que sean DS [delegado sindical], DP [delegado del personal], CE [comité de empresa], siguen hasta las próximas elecciones que tendrán que establecer la reforma. De momento los representantes de sección sindical podrán ser designados por los sindicatos no « representativos ».

Una nueva etapa de integración del sindicalismo

Como lo afirmaban algunos sindicatos, el efecto es que dentro de cinco años, el « club de los cinco » habrá muerto, y todos los sindicatos serán técnicamente en un nivel de igualdad (incluso si siguen ¡mucho menos iguales frente a la represión !). Se puede especular muchos sobre las recomposiciones del poder sindical que esta reforma va a generar, con por ejemplo la UNSA que habla ya de aliarse con la CGC. La CFDT y la CGT van evidentemente a imponerse frente a los sindicatos más débiles, y era el objetivo. Pero se puede también criticar la actitud de organizaciones sociales que aceptan que el Estado venga a hurgar en sus cuentas (ni las cuentas, ni la representatividad de la patronal están concernidas por la reforma), el hecho de elegir a quién es representativo o no, y hasta el de elegir en su lugar al delegado sindical (cuya designación era libre antes y que pasa ahora por un candidato que tenga el 10 % en las elecciones).

Sobre todo hay que inquietarse cada vez que el Estado viene a reglamentar la acción de quienes supuestamente le resisten y a quienes el Estado les da con la porra. Ante todo, esta reforma tiene como meta renovar la burocracia sindical para que sea más legítima, y más capaz de acompañar la regresión social a todos los niveles de negociaciones, ya que cada vez más los acuerdos son derogatorios y regresivos. El objetivo es evitar los sobresaltos como los de 1995 o 2006, y domesticar a una clase de representantes sindicales, profesionales, separados de la base, y dar a la « masa » el sentimiento de que se obra por ella y que puede dormir tranquila, o asquearse de los sindicatos cuando se dé cuenta que la engañaron.

En suma, esta reforma, que basa la representatividad en las elecciones, apunta a que los trabajadores estén tan pasivos como los 60 millones que actúan políticamente un cuarto de hora cada cinco años al ir a los centros de votación.

Para el movimiento sindical, es una nueva trampa, pero sea cual sean las instituciones colocadas para dominar a los explotados, es en su propia acción y en su organización independiente donde puede hallarse una fuerza. Para CNT, este nuevo marco jurídico no se puede ignorar, e incluso si su estrategia de desarrollo está vinculada a muchos otros factores determinantes para los trabajadores, va a deber tomar en cuenta ese nuevo marco jurídico, examinar sus ventajas e inconvenientes, eligiendo la actitud que le permita mejor desarrollarse sin apartarse de la práctica que la fundamenta : la action directa, la lucha autónoma de los trabajadores contra el Estado, la patronal y contra cualquier burocracia.


Fuente: CNT-F

Días contados para la libertad sindical en Francia : CNT-F ante la reforma del derecho sindical.