En la resolución se reproduce el relato defendido por la organización anarcosindicalista de que era convocante pero no participante del ‘aquelarre feminista’. Los hechos se remontan al Primero de Mayo de 2014, en la manifestación convocada por la Confederación General del Trabajo para celebrar el Día del Trabajador en Sevilla.

 

La organización anarcosindicalista ha defendido siempre que fue la convocante de una manifestación y que, paralelamente, otro grupo había organizado un “aquelarre feminista” al que pertenecía la “procesión del coño insumiso”, coincidiendo ambas en una misma avenida de la capital andaluza.

La organización anarcosindicalista ha defendido siempre que fue la convocante de una manifestación y que, paralelamente, otro grupo había organizado un “aquelarre feminista” al que pertenecía la “procesión del coño insumiso”, coincidiendo ambas en una misma avenida de la capital andaluza.

La Asociación de Abogados Cristianos se querelló contra la CGT y varias mujeres participantes en la procesión alegando que, tanto el colectivo sindicalista como el grupo de mujeres, se habían burlado de los sentimientos religiosos, siendo este un ataque directo a las creencias de la comunidad católica.

A pesar de que los tribunales no condenaron a dos miembros de CGT por estos hechos, la Asociación de Abogados Católicos interpuso otro recurso al no estar de acuerdo con esta primera decisión de la justicia y al entender que los mismos podían ser constitutivos de delito.

Ahora, la Audiencia Provincial de Sevilla explica en su auto que no existen indicios de la participación en actos de mofa o de ofensa a la religión católica de Miguel Ángel González Sevillano y Félix Juan Cervera Grajera en los hechos objeto de la querella, por lo que se decide sobreseer las actuaciones en relación a estos dos responsables de CGT, quienes también niegan cualquier tipo de participación en los mismos.

La CGT exige que se archive también la causa contra el grupo de mujeres del “Aquelarre Feminista” por considerar intolerable que se persiga a personas que solo han ejercido su derecho a la libertad de expresión y vuelve a lamentar la existencia de grupos reaccionarios incapaces de tolerar posturas contrarias a las suyas. Del mismo modo, CGT también ha condenado la criminalización de la protesta y la actividad sindical en el Estado español.


Fuente: Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT

La Audiencia Provincial de Sevilla confirma el sobreseimiento en la causa del ‘Coño Insumiso’ contra la CGT