El 18 de octubre, mientras los gobiernos de la UE cerraban un nuevo tratado para sustituir a la moribunda Constitución europea, los sindicatos agrupados en la Confederación Europea de Sindicatos) por parte española (UGT-CCOO-ELA, y las organizaciones patronales europeas llegaron a un principio de acuerdo acerca de un nuevo concepto denominado “Flexiseguridad”, denominación que engloba viejos conceptos como competitividad, productividad, abaratamiento, desprotección y precariedad.

Lo que caracteriza las políticas concretas de flexiseguridad es : flexibilidad en las condiciones de empleo (contratación) y flexibilidad en los despidos (sin causa y baratos) ; un sistema de subsidios (protección social) para corregir las situaciones de desempleo en la transición entre que pierdes un empleo y encuentras otro ; políticas activas de empleo, por medio de dispositivos de inserción profesional (formación/cualificación a lo largo de toda la vida laboral), para reducir el tiempo en el cual se está desempleado. Y el alargamiento de la vida laboral “activa”, aumentando la edad de jubilación y endureciendo las condiciones de acceso a jubilaciones anticipadas.

Desde el 2006, la Comisión Europea puso en marcha el denominado “Libro Verde para modernizar el derecho laboral para afrontar los retos del SXXI”, en una Europa que se mueve entre el mercado “puro y duro” y, un estado de bienestar en franco deterioro.

La Europa del SXXI, y sus dirigentes reales, Comisión Europea, Banco Central y Consejo de la UE y multinacionales, necesitan conseguir un consenso suficiente sobre una estrategia basada en la competitividad y, al mismo tiempo “garantizar” una buena protección social a sus ciudadanos.

La denominada estrategia de Lisboa, “hacer de la UE la economía más competitiva del mundo entorno al 2010”, se sustenta en los procesos de globalización, los cuales posibilitan la deslocalización del capital a ritmos tan impresionantes que la no existencia de auténticos ámbitos transnacionales de negociación, así como la no existencia de un estatuto protector del trabajo a niveles mundiales, conllevan la desertización de miles y miles de empleos relativamente “dignos” [precio pagado + derechos laborales] en sectores productivos y de servicios, para ser sustituidos por otros miles y miles de empleos, donde éstos comportan la reducción drástica de los costes de producción [precios pagados + derechos laborales].

Estamos hablando de la libertad absoluta de movimientos del capital, como condición del beneficio y, a la vez, la desprotección y desregulación de los derechos laborales y sociales.

Las Empresas, el capital, al poder utilizar la regla de la desregulación, ganan en poder contractual y saben perfectamente, que la unidad negocial se ha fragmentado, así como las condiciones laborales de los trabajadores (distintos status jurídicos y contractuales), debilitando el poder contractual de los mismos. Aquí se encuentra la primera base, flexibilidad en la contratación y en la ruptura unilateral del contrato, es decir en el despido.

Las políticas de flexiseguridad implican una reconfiguración de los respectivos ámbitos del derecho del trabajo y del derecho de la seguridad social y, por supuesto, de las políticas del empleo.

Se trata de armonizar a toda la UE en la desprotección laboral y social, sacando el problema de cada estado nación (reformas laborales, reformas de sistemas de seguridad social, reformas de jubilaciones-pensiones, etc.) y de esta manera, evitarse el conflicto, el cual se torna más complejo, debido a la no existencia de estructuras sindicales alternativas globalizadas.

La “liberalización”, la cual incluye el repliegue de lo público y su progresivo desmantelamiento, hoy, demasiado avanzado, como para una vuelta a atrás, ha generado las bases de gestión política y social desde el mercado, es decir, desde lo privado y, por consiguiente, la búsqueda del beneficio privado, como garantía de nuestros salarios, nuestros empleos, nuestras pensiones, nuestras viviendas, nuestras movilidades, nuestras igualdades, etc.

La flexiseguridad es la tumba donde quieren enterrar los derechos laborales y los derechos sociales de las personas que habitamos esta parte del mundo denominada UE.

Tenemos derecho a tener derechos y este es un Derecho inalienable de cada persona.

Contra el concepto de la flexiseguridad, movilización y acción sindical.


Fuente: Gabinete de Estudios Confederales de CGT