Es el máximo órgano de decisión entre Congresos.

Asisten delegaciones de las Confederaciones Territoriales en proporción al número de sus afiliados, que se eligen en los respectivos Plenos de cada Confederación territorial que se celebran previamente y donde se toman los acuerdos que aquellos llevarán al Pleno Confederal. Se celebra cada dos años, alternándose su celebración anualmente
con las Conferencias Sindicales.

Establece las líneas generales de actuación de CGT en temas económicos, administrativos, socio-políticos y de actualidad , así como los criterios de funcionamiento que se estimen necesarios en el periodo entre Congresos. En cualquier caso, un Pleno no puede modificar los Estatutos Confederales ni tomar acuerdos contradictorios con respecto a los tomados en Congreso.