Desde la Confederació General del Treball, se anima a las empleadas de hogar a denunciar las situaciones de irregularidad laboral y administrativa. El caso de R.B., quien harta de soportar humillaciones y de reclamar sus derechos decidió poner en manos de los servicios jurídicos su situación, demuestra que la reivindicación de los derechos da sus frutos

R.B. de origen boliviano, trabajaba como empleada interna para una familia desde el año 2006. No sólo se dedicaba al cuidado de una anciana enferma de alzhéimer, sino que limpiaba y cocinaba. A pesar de haberle insistido en varias ocasiones al hijo de la mujer enferma, que era quien le pagaba el salario en negro, aquél se negó reiteradamente a facilitarle un pre-contrato laboral.

R.B. de origen boliviano, trabajaba como empleada interna para una familia desde el año 2006. No sólo se dedicaba al cuidado de una anciana enferma de alzhéimer, sino que limpiaba y cocinaba. A pesar de haberle insistido en varias ocasiones al hijo de la mujer enferma, que era quien le pagaba el salario en negro, aquél se negó reiteradamente a facilitarle un pre-contrato laboral. Documento que es imprescindible para poder acceder a un Permiso de Residencia y Trabajo que le hubiera permitido, al menos, tener unos mínimos derechos laborales.

En este sentido, CGT-La Safor señala el hecho de que las mujeres emigrantes de origen extra-comunitario están mayoritariamente empleadas en el servicio doméstico. Y que, para los empleadores sin escrúpulos, la situación de “ilegalidad” y supone una invitación a cometer abusos. Así, no sólo exigen disponibilidad las 24 horas del día, sino que no respetan el derecho a baja por enfermedad, ni siquiera en caso de accidentes domésticos, ni las vacaciones y descansos, no abonan pagas extras ni cotización a la Seguridad Social. Infringen pues las Normas de Trabajo y Seguridad Social, por no hablar de las éticas.

CGT-La Safor destaca por otro lado que muchas mujeres migrantes soportan esta situación ante la extrema necesidad de  enviar dinero a familiares que quedaron en sus países y que son quienes se ocupan de sus hijos, suelen ser los padres o maridos. En ocasiones, llegan incluso a padecer, como en  el caso de R.B., violencia psicológica y humillación por parte de los empleadores.

Así, la racista Ley de Extranjería del Estado español favorece que estas situaciones se produzcan al imponer  requisitos difíciles de cumplir para otorgar un permiso de residencia legal, como el Arraigo Social. Éste ha de documentarse mediante cursos de formación, llevar como mínimo tres años de permanencia  en España, demostrarlo con el empadronamiento y otros,  y un pre-contrato de trabajo de un año de duración. Requisitos difíciles de cumplir porque,  entre otras cuestiones, las mujeres empleadas de hogar no disponen de horarios libres para formarse y los empleadores no suelen colaborar en extenderles el contrato de trabajo. Y cuando  lo reclaman, obtienen como respuesta la amenaza del despido. 

De esta forma, permanecen años invisibles para la sociedad,  realizando su trabajo cumplidamente pero en condiciones indignas. Muchas familias buscan el perfil de inmigrante mujer, sudamericana y sin cargas familiares para dejarle en sus manos el pleno cuidado de sus mayores. Y, en muchísimos casos, la familia prácticamente se desentiende ante la tranquilidad de que estas mujeres observan el respeto a los mayores como un bien cultural.

Desde la Confederació General del Treball, se anima a las empleadas de hogar a denunciar las situaciones de irregularidad laboral y administrativa. El caso de R.B., quien harta de soportar humillaciones y de reclamar sus derechos decidió poner en manos de los servicios jurídicos su situación, demuestra que la reivindicación de los derechos da sus frutos. 

No fue fácil que la Delegación de Gobierno le aprobara el Permiso por Arraigo Laboral (ha de acreditarse al menos dos años de permanencia en España y demostrar que se ha trabajado irregularmente mínimo seis meses). Tres veces acudió a la Oficina de Extranjeros de Valencia con las pruebas de que realmente se encontraba trabajando de forma irregular, ninguna era suficiente. Finalmente, CGT acudió personalmente a la Inspección de Trabajo, para interesarse por su expediente y agilizarlo: varios meses  tardaron en facilitar el certificado que acredita que se R.B. se encontraba trabajando desde el año 2010, sin dar por válida la denuncia sindical de que estaba empleada desde el 2006.

Ante estos hechos, R.B. fue inmediatamente despedida por el empleador. Y en consecuencia, éste tendrá que enfrentarse a una denuncia interpuesta ante el SMAC y una demanda por despido verbal ante el Juzgado de lo Social en Valencia, con reclamación de las liquidaciones económicas correspondientes.  

Tanto R.B. como CGT expresan su satisfacción ante la resolución de la Delegación de Gobierno de fecha 12 de mayo de 2014 por la que, al fin, se reconoce que R.B. cumple los requisitos para obtener el ansiado Permiso de Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena por Arraigo Laboral. 

Ahora le toca enfrentar un nuevo desafío después de llevar siete años viviendo en España: conseguir un trabajo digno teniendo papeles… los explotadores las prefieren sin derechos.

 

 


Fuente: CGT-La Safor   

Una trabajadora empleada de hogar obtiene  el permiso de residencia tras denunciar  al empleador