La organización anarcosindicalista pidió que se declarara que el cómputo de estos permisos se iniciara el primer día laborable al hecho causante cuando este sucediese en día no laborable.

 

La Confederación General del Trabajo (CGT) ha logrado que el Tribunal Superior le dé la razón en su reclamación sobre la interpretación del artículo 28.1 del Convenio Colectivo Estatal del Contact Center sobre permisos retribuidos.

CGT reclamaba una interpretación de las normas reguladoras de estos criterios que no minorase otros derechos importantes como el disfrute de días festivos o el derecho al descanso intersemanal.

La Confederación General del Trabajo (CGT) ha logrado que el Tribunal Superior le dé la razón en su reclamación sobre la interpretación del artículo 28.1 del Convenio Colectivo Estatal del Contact Center sobre permisos retribuidos.

CGT reclamaba una interpretación de las normas reguladoras de estos criterios que no minorase otros derechos importantes como el disfrute de días festivos o el derecho al descanso intersemanal.

Hasta este momento se entendía que, por ejemplo, cuando el fallecimiento del familiar de una persona trabajadora se producía en viernes, esta debía volver a su puesto de trabajo el lunes porque el permiso de dos días se consumía en el fin de semana.

La sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior del pasado 13 de febrero, da la razón a CGT y recuerda que las normas deben interpretarse con “cierta lógica”, es decir, los permisos se conceden para su disfrute en días laborables puesto que en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja.

CGT recalca que aunque esta sentencia es de aplicación directa al sector del telemarketing, de manera indirecta debe ser aplicada a todos los sectores laborales porque los razonamientos jurídicos de la misma interpretan el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores que es de aplicación a todas las personas que trabajan por cuenta ajena.


Fuente: Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT

CGT consigue que los permisos de matrimonio, nacimiento y fallecimiento cuenten a partir del primer día de trabajo